Cooperativa de Provisión de Servicios Eléctricos, otros Servicios Públicos y
El agua es el elemento mas importante de nuestro planeta y por eso éste es quizá el servicio mas exigente que se brinda. La cooperativa asegura bajo estrictas regulaciones que el agua suministrada cumpla con características físicas, químicas y micro-biológicas que la hacen apta para el consumo humano.
Sector Agua Potable – 900 usuarios
Antes de que sea demasiado tarde, hay que inculcar en las generaciones jóvenes la noción del agua como bien escaso; porque aunque en nuestro país tenemos la suerte de vivir en la sobreabundancia de este elemento vital, la tendencia para las próximas décadas es preocupante.
Dudignac posee 3 pozos de captación de agua subterranea, que dan por resultado un agua mezclada potable, analizada y controlada por autoridades del estado. Para las distribuidoras de agua por red según el articulo 982 del Código Alimentario Argentino que entró en vigencia el 7 de junio de 2007 y para aquellas regiones del país con suelos de alto contenido de arsénico, se establece un plazo de hasta 5 años para adecuarse al valor de 0,01 mg/l.
Antes de Junio del 2012 la cooperativa deberá incorporar al menos 2 pozos con los porcentajes de los minerales adecuados a las exigencias del CAA. La cooperativa incorporará próximamente una cuota capital durante 10 meses para poder construir el primer pozo de captación para adecuarse a los reglamentos que se bienen.
Ningun caño de servicio de agua podrá ser colocado de manera que atraviese cloacas, chimeneas o sumideros o pasar por sitios que, en caso de producirse desperfecto alguno en el caño, el agua pueda contaminarse o escaparse sin ser notada.
Los materiales a emplearse en dicha instalación deberán ser aprobados por las normas IRAM y la cooperativa, según especificaciones del SPAR.
La administración de la cooperativa podrá suspender la ejecución de cualquier trabajo imperfecto o en violación de las disposiciones de este reglamento y ordenar el retiro de todo material defectuoso y deshacer todo el trabajo mal efectuado, el cual deberá ser reconstruido en condiciones reglamentarias, a cargo del usuario